¡Bienvenidos! al espacio virtual del
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN PERMANENTE
COMPONENTE I
La Ley de Educación Nacional N° 26.206, establece en su artículo 69°, que el Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, definirá los criterios básicos de la carrera docente, donde la formación continua será una de las dimensiones básicas para el ascenso en la carrera profesional y que a los efectos de la elaboración de dichos criterios, se instrumentarán los mecanismos de consulta que permitan la participación de los/as representantes de las organizaciones gremiales y entidades profesionales docentes y de otros organismos competentes del Poder Ejecutivo Nacional. De igual modo en su artículo 74 garantiza “…el derecho a la formación continua a todos/as los/as docentes del país, en todos los niveles y modalidades, así como la gratuidad de la oferta estatal de capacitación”.
El Programa Nacional de Formación Permanente, como lo expresa la Resolución CFE N° 201/13:
«…se inscribe en un proceso histórico que reconoce las transformaciones educativas alcanzadas como parte de la construcción de un proyecto educativo nacional que ha asumido la ampliación de derechos como núcleo rector de las políticas públicas, a partir de la recuperación de la centralidad del Estado».
«…se constituye en una estrategia fundamental para el fortalecimiento de la formación ética, política y pedagógica del colectivo docente, desde una concepción de justicia, igualdad y ciudadanía democrática».
El eje vertebrador del Programa lo constituye el reconocimiento de los docentes y de las instituciones educativas como sujetos y ámbitos en donde se construye saber pedagógico para producir procesos de mejoramiento de la enseñanza y de los aprendizajes.
A su vez, el Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente 2012 – 2016 (Resolución CFE N° 188/12), en acuerdo con las 24 jurisdicciones del país y partiendo de los logros alcanzados, estructura metas y líneas de acción para profundizar y avanzar sobre los desafíos aún pendientes, que permitan consolidar un sistema educativo más justo, con pleno ejercicio del derecho a una educación de calidad y para todos.
Los objetivos del PNFP, son:
- Impulsar el trabajo institucional y colaborativo de los docentes que implique reflexión y transformación de prácticas institucionales y de enseñanza.
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Instalar una cultura de la formación permanente basada en la evaluación participativa como instancia formativa y necesaria para la producción de estrategias de mejora en las instituciones educativas.
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Fortalecer y jerarquizar la autoridad ética, política y pedagógica de las escuelas y los docentes.
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Promover el desarrollo profesional del colectivo de docentes en tanto sujetos responsables de la política pública educativa para la mejora de la enseñanza y los aprendizajes.
- Impulsar el trabajo institucional y colaborativo de los docentes que implique reflexión y transformación de prácticas institucionales y de enseñanza.
Este espacio virtual, diseñado para posibilitar la participación de todos los actores institucionales del Nivel Superior, responde a los lineamientos de la Resolución CFE N° 219/14, que aprueba los criterios orientadores para la certificación y acreditación del Componente I del Programa Nacional de Formación Permanente “Nuestra Escuela”. Entre los Criterios orientadores para la certificación y acreditación del Componente I, el ítem B- Participación de equipos docentes, especifica:
1. La asistencia obligatoria, en tanto se trata de una formación en ejercicio, sujeta a la normativa de asistencia de la jornada laboral y régimen de licencia de cada jurisdicción.
2. La participación de todos los docentes que integran la planta orgánica funcional de la institución, cualquiera sea su situación de revista (titular, interino, provisional y /o suplente).
3. El carácter institucional, situado y colectivo de la formación asegurando la asistencia de los docentes a las Jornadas y actividades de producción pedagógica en todos los establecimientos donde el docente integre el colectivo de planta, independientemente del nivel, modalidad y cargo.
4. Las situaciones de superposición horaria, en los casos de varias instituciones del mismo nivel, implicarán el ofrecimiento a los docentes de la opción de realizar su proceso de formación en la institución educativa donde revista el cargo de mayor estabilidad (titular o interino) o bien donde registre mayor carga horaria, según resulte más pertinente. En el sentido del punto anterior, los docentes participarán de las Jornadas en la escuela que opte pero formarán parte de las actividades de construcción colectiva de los demás ámbitos de trabajo.
5. La generación y sostenimiento de las condiciones necesarias para que el docente, cualquiera sea su situación de revista, pueda dar continuidad al proceso formativo hasta su finalización. En ese sentido, se deberá contar con la previsión de propuestas de actividades que impliquen el análisis de la problemática que se esté abordando en la institución escolar, para aquellos docentes que por diferentes razones justificadas (régimen de licencia de cada jurisdicción) no pudieran asistir hasta 2 (dos) jornadas presenciales institucionales. Idéntica consideración deberá adoptarse en los casos de licencias prolongadas.
Este espacio de acceso virtual del PNFP Nuestra Escuela – Componente I, que hoy ponemos a su disposición, constituye una estrategia institucional para superar la escases de los tiempos presenciales y busca fundamentalmente, compartir y aprender con otros atendiendo a la vez las necesidades de la diversidad de docentes que integran la Planta Funcional del Instituto para brindar las condiciones necesarias, a fin de que los docentes cualquiera sea su situación de revista, pueda dar continuidad al proceso formativo hasta su finalización.
Equipo de Coordinación PNFP
Esc. Normal Manuel Belgrano
Nivel Superior
Nómina de docentes del IES Escuela Normal Manuel Belgrano
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